Permiso retribuido por fallecimiento de tío/a o sobrino/a
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Permiso retribuido por fallecimiento de familiar de tercer grado (tío/a o sobrino/a).
- 1 día retribuido según Convenio del Campo de Almería.
- Ampliación de 3 días si el desplazamiento es superior a 80 km.
- Convenio Colectivo Provincial del Campo de Almería
Aplicable al tratarse de supuesto expresamente regulado en el Convenio.
- Certificado de defunción o justificante oficial.
- Acreditación de parentesco, si fuese requerida.
- En caso de ampliación, acreditación de distancia superior a 80 km.
El permiso debe solicitarse y justificarse documentalmente. En caso de negativa injustificada, contacta con la Sección Sindical.