¿Qué es la CUME?

La CUME es una prestación económica de la Seguridad Social que reconoce el derecho de lⒶs trabajadoras a reducir su jornada laboral para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, compensando la pérdida de ingresos.

IMPORTANTE: La CUME permite reducir tu jornada sin perder ingresos, ya que la Seguridad Social compensa esa reducción.

Esta prestación se puede solicitar hasta que el menor cumpla 18 años, ampliándose en determinados casos hasta los 23 o 26 años.

Es necesario que ambos progenitores trabajen y exista un informe médico del sistema público de salud.

La cuantía de la prestación equivale al 100% de la base reguladora de la incapacidad temporal por contingencias profesionales, en proporción a la jornada reducida.

¿Qué enfermedades permiten solicitar la CUME?

Existe un listado oficial de enfermedades recogido en la normativa vigente. Puedes consultarlo aquí:

Ver listado oficial de enfermedades (BOE)

OJO: Que tu enfermedad no esté en el listado no significa que no tengas derecho. Se puede justificar que existe un cuadro clínico similar.

Requisitos para solicitar la CUME

  • Reducir la jornada entre un 50% y un 99%.
  • Solicitar la reducción a la empresa (art. 37.6 ET).
  • La empresa no puede negarse.
  • Acreditar la enfermedad del menor.
  • Cuidado continuo, directo y permanente.
IMPORTANTE: La empresa no decide si tienes derecho o no. Es un derecho reconocido por ley.

¿Cómo se solicita?

  1. Solicitar la reducción de jornada a la empresa.
  2. Contactar con la mutua.
  3. Presentar documentación médica.
  4. Elegir el porcentaje de reducción.

Trámites para solicitar la prestación

Una vez solicitada la reducción de jornada, debes iniciar el procedimiento ante:

  • El INSS (dirección provincial).
  • O la mutua correspondiente.

Las solicitudes se presentan mediante modelos oficiales.

Información oficial Seguridad Social

Duración

  • Hasta los 23 años.
  • Hasta los 26 años con discapacidad ≥ 65%.
OJO: Debes solicitar la prestación en un plazo de 3 meses desde la reducción de jornada.

Cuantía

Se cobra el 100% de la base reguladora proporcional a la jornada reducida.

Condiciones importantes

  • Ambos progenitores deben trabajar.
  • Excepciones:
    • Divorcio o separación.
    • Violencia de género.

Suspensión y extinción

Se suspende por:

  • Incapacidad temporal.
  • Baja por maternidad.

Se extingue si:

  • Uno de los progenitores deja de trabajar.
IMPORTANTE: Cuando finaliza la CUME, tienes derecho a volver a tu jornada completa.

Otros aspectos

  • Se puede actualizar si suben las cotizaciones.
  • Se puede reclamar si la deniegan.

Aviso importante

La información recogida en este contenido ha sido contrastada y verificada, pero tiene un carácter informativo y orientativo.

En caso de duda, se recomienda acudir al sindicato en el que se esté afiliado o a cualquier otra asesoría profesional.